Miércoles, 11 Diciembre 2024 - 10:00pm
Trujillo en Línea. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) admitió un total de cuatro solicitudes para la revocatoria del mandato de autoridades de los distritos de Huayana, provincia de Andahuaylas (Apurímac), Julcamarca, provincia de Angaraes (Huancavelica), Huamalí, provincia de Jauja (Junín) y Boquerón, provincia de Padre Abad (Ucayali).
Para el distrito de Boquerón la ONPE admitió la solicitud de revocatoria a través de la Resolución n.° 000073-2024-SG/ONPE. De acuerdo a la norma, el promotor de esta consulta es Leyver Leyder Castre Aguirre. Además, se pretende revocar al alcalde Alex Cabello Corne por incumplimiento de promesas electorales, incapacidad moral, mala administración del presupuesto municipal, pésima atención a la población, ausencia continua y exceso de cobros de arbitrios. Del mismo modo, la falta de fiscalización a la gestión edil es la causa para solicitar la revocatoria de los regidores Wilder Aquino Orbezo, Sonia Elizabeth Mendoza Velásquez, Antonio Acricio Flores Infantes, Tabita Areli Guerrero Silva y Leidy Castre Aguirre.
En el caso de Huayana, se oficializó la solicitud de revocatoria mediante la Resolución n.° 000078-2024-SG/ONPE, en la que se precisa que las autoridades que serán sometidas a consulta popular son el alcalde Pedro Celestino Torre Ccoycca y los regidores Fila Fortunita Quispe Urpe, Pelayo Calderón Coronado, Gladys Urpi Chipana, Rolando Urpe Pedraza y Venturana Calderón Mayhuire
Tal como se precisa en la resolución, el promotor, Percy Oviedo Flores ha indicado como motivos de revocatoria respecto del alcalde, el incumplimiento de promesas de campaña, la falta de capacidad de gestión, la falta de ejecución de obras de continuidad, la falta de interés con las necesidades del pueblo y la falta de capacidad de inversión; y, respecto de los regidores, no estar permanentemente en la municipalidad, no estar administrándola, no fiscalizar y no dar cuenta a la comunidad, ser parte del alcalde, no emitir opinión y la indignación del pueblo con ellos.
De acuerdo a la Resolución n.° 000085-2024-SG/ONPE, se admitió la solicitud de revocatoria presentada por el promotor Gorki Roberto Bacilio Vera respecto del mandato de las autoridades de Huamalí. Como se expresa en el documento, se pretende revocar al alcalde, Marcelo Efrain Rosales Egoavil, por no cumplir con sus promesas electorales, y, a los regidores Carmen Dolores Carhuavilca Cano, Wilder Alain Pariona Ramos, Nayeli Mercedes Concha Espinoza, Kevin Noe Yaulilahua Perez y Ana Maria Lino Carlos por no cumplir con sus promesas electorales y no cumplir con fiscalizar.
Por último, la ONPE publicó la Resolución n.° 000086-2024-SG/ONPE en la que se aprueba la solicitud de revocatoria para el alcalde Yury Maldonado Villanueva y el regidor Juan Gavilan Congacha del distrito de Julcamarca. La promotora, Yuli Mónica Gotea Zambrano, ha señalado como causales para llevar a consulta popular a al alcalde, el incumplimiento de promesas electorales, el incumplimiento de los acuerdos de concejo municipal, así como ser soberbio, arrogante, prepotente y obstinado; y, respecto del regidor, el incumplimiento de su función de fiscalizador y no promover ninguna ordenanza municipal.
La revocatoria de autoridades es un proceso de control ciudadano mediante el cual se puede separar de sus cargos a las autoridades regionales, municipales provinciales o distritales. Es un derecho político reconocido a los ciudadanos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú, así como en la Ley N.º 26300 Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos y su correspondiente modificatoria Ley 30315.
Este año la ciudadanía pudo solicitar un kit de revocatoria ante la ONPE entre el 3 de junio y el 26 de setiembre. Durante dicho periodo, el ente electoral recibió más de mil solicitudes, de las cuales 890 fueron declaradas procedentes por resolución. En total, se entregaron 843 kits a los promotores, 43 kits no fueron recogidos y 4 promotores desistieron.
Posteriormente, los promotores tuvieron que recolectar firmas de adherentes (25 % del número de electores de la circunscripción) y luego solicitaron que estas sean verificadas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), entidad que emitió una constancia por dicho proceso de verificación.
Hasta el 21 de noviembre solo cuatro solicitudes fueron presentadas ante la ONPE para la realización de una Consulta Popular de Revocatoria, las cuales han sido declaradas admitidas.
Tal como se precisa en el cronograma aprobado para este proceso, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocará a una Consulta Popular de Revocatoria en estos cuatro distritos para el 8 de junio de 2025.
Comentarios