Trujillo en Línea.- En el primer año de la aplicación del Decreto Legislativo N° 1194, diferentes órganos jurisdiccionales del Poder Judicial han procesado a 53,031 personas bajo la figura de la flagrancia delictiva, que permite el juzgamiento inmediato de imputados en delitos comunes, entre ellos hurto y robo.
Lambayeque es el distrito judicial con mayor procesados por flagrancia (5,977 personas), seguido de Ica (4,535), Piura (3,327), La Libertad (3,199), Arequipa (2,742), Santa (2,521), Huaura (2,472), Lima Centro (2,585), Junín (2,043), Lima Este (2,100), Loreto (2,003), Huánuco (1,979), entre otros.
La omisión a la asistencia familiar, que procede contra padres de familia que se niegan a dar una pensión de alimentos a sus hijos, es el delito con mayor incidencia con 27,422 procesados (51.7 por ciento), según reporte de ETI Penal a cargo del juez de la Corte Suprema, doctor José Luis Lecaros Cornejo.
Por conducción en estado de ebriedad (peligro común) se procesó a 13,196 personas (24.8 por ciento). Asimismo, por hurto y robo, delitos de delincuencia común que originan una grave inseguridad en las calles, se procesaron a 4,673 y 2,382, respectivamente, lo cual hace una suma total de 7,055 imputados (13.3 por ciento).
De esta manera, los juzgados de flagrancia implementados por el Poder Judicial en las 33 cortes superiores del país constituyen una respuesta eficaz frente a la delincuencia común, al emitir sentencias en horas o días, con el debido respeto al derecho de defensa de los imputados.
Los órganos de flagrancia también han permitido la atención célere de casos de corrupción de funcionarios (424 procesados), delitos contra la administración pública (341), lesiones (1,016), violencia y resistencia a la autoridad (733), delitos contra la salud pública (643), ofensas al pudor público (225), homicidio (159), violación de la libertad sexual (129), entre otros.
La aplicación del juzgamiento inmediato por flagrancia fue gestada por la gestión del doctor Víctor Ticona Postigo en la Presidencia del Poder Judicial, continuada por el señor Ramiro de Valdivia Cano, siendo Tumbes la primera corte en aplicar como piloto dicha figura legal. Así, tras los buenos resultados en torno a una justicia célere y eficaz, la iniciativa fue acogida por el Poder Ejecutivo, lo que se tradujo en la promulgación del DL 1194.
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