miércoles, 17 de junio de 2026
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Poder Judicial confirmó archivo del caso 'Cócteles' contra Keiko Fujimori y otros investigados

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Poder Judicial confirmó archivo del caso 'Cócteles' contra Keiko Fujimori y otros investigados

Trujillo en Línea.- El Poder Judicial confirmó el archivo de proceso penal seguido a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros por el presunto delito de lavado de activos con la agravante de organización criminal a raíz de los presuntos aportes ilegales para financiar sus campañas presidenciales de los años 2011 y 2016, conocido también como el caso ‘Cócteles’.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al declarar “infundados” los recursos de apelación que presentaron la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Lavado de Activos contra la resolución que emitió el juez Wilson Verastegui, el último 13 de enero, en la que ejecutó una sentencia que emitió el Tribunal Constitucional, el 2 de octubre de 2025, y declaró el "sobreseimiento definitivo" o "archivo" del proceso penal seguido a Keiko Fujimori por el delito de lavado de activos y organización criminal  e hizo extensivos los alcances de su decisión a un grupo de personas que también eran procesadas por los mismos cargos en este caso.

El tribunal superior también ordenó el “sobreseimiento” o “archivo” del delito de lavado de activos, con los efectos legales correspondientes , que atribuía la Fiscalía a Mark Vito, exesposo de Keiko Fujimori y la persona jurídica MVV Bienes Raíces S.A.C  tras declarar “fundado” los recursos de apelación ambos presentaron para revocar el extremo de la resolución del juez Verastegui en la que dispuso que se mantenga vigente la imputación por el presunto delito de lavado de activos que les atribuye el Ministerio Público y no haber hecho extensivo los alcances de la sentencia que emitió el Tribunal Constitucional dentro de este proceso penal.

En cuanto a la subsistencia de las imputaciones por los presuntos delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica contra Keiko Fujimori y otros integrantes de su partido respecto al caso ‘Cócteles’, el colegiado superior  precisa que “los extremos no comprendidos por la clausura constitucional solo podrán continuar si cuentan con autonomía fáctica, típica y probatoria, previo nuevo pronunciamiento fiscal debidamente motivado e incluida la evaluación de la vigencia de la acción penal y de la eventual prescripción cuando corresponda”.(Fuente RPP Noticias)

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