Trujillo en Línea.-Los magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL) declararon infundado el pedido de nulidad de la sentencia planteado por la defensa de dos procesados tráfico ilícito de drogas.
Los jueces confirmaron la sentencia emitida el pasado 20 de agosto de 2014 que condenaba a los acusados Roberto Belermino Bringas Nolasco y Jeremías Genovez López, como coautores del delito de tráfico ilícito de drogas.
En esa oportunidad, en primera instancia, los jueces condenaron a 15 años de pena privativa de la libertad a Roberto Bringas, sentencia que fue confirmada por los magistrados de la Primera Sala Penal de Apelaciones. Mientras que a Jeremías Genovez le redujeron la pena de 20 a 15 años de cárcel.
Dicha decisión obedece a que ambos acusados se le atribuye la calidad de coautores, y que en concordancia con el artículo 45-A al evaluar la presencia y/o concurrencia de circunstancias atenuantes y agravantes, se advierte que su no colaboración en el proceso no puede tomarse como agravante.
Jeremías Genovez al carecer de antecedentes penales, le corresponde fijar su condena en el tercio inferior, que corresponde al extremo mínimo para la sanción del delito cometido, fundamento que también se tomó en cuenta para la imposición de las penas de multa e inhabilitación.
Roberto Bringas fue intervenido, junto a otra persona identificada como Mora Torres, el 11 de marzo de 2012 por efectivos policiales de la Divandro, en la avenida Villareal de Trujillo, llevando en el interior de una camioneta (de propiedad de Jeremías Genovez) 56.30 kilos de clorhidrato de cocaína.
La droga era traída de la provincia de Pataz y llevada a la ciudad de Huaquillas, en la frontera con el Ecuador.
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