Declaran emergencia sanitaria en 19 departamentos por el FEN

Sábado, 26 Septiembre 2015 - 3:00pm

Trujillo en Línea.- Por un plazo de 90 días calendario se declaró la emergencia sanitaria en 19 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, para reforzar los servicios de salud y prevenir la ocurrencia de algunas enfermedades que pudieran presentarse por el  Fenómeno El Niño.

Esta declaratoria de emergencia sanitaria dispuesta por el Ministerio de Salud, abarca a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Áncash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín, Loreto, Ucayali, Huánuco, Pasco y Madre de Dios, además de la Provincia Constitucional del Callao, según se establece en el Decreto Surpremo Nº 030-2015-SA, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

En el considerando de la norma se precisa que mediante Informe Técnico Nº 020–2015-NCNC/OPDN-OGDN/MINSA, la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud  (Minsa) concluyó que de acuerdo a lo proyectado por las entidades competentes, “(…) los efectos del actual evento Niño costero se prolongarán hasta el verano del 2016, y con alta probabilidad de convertirse en un evento de nivel de emergencia 4 y 5, que afectaría la continuidad de los servicios de salud“.

El documento señala que el FEN puede ocasionar el alto riesgo de casos de enfermedades diarreicas agudas, infecciones respiratorias agudas, malaria, dengue, chikungunya, leptospirosis, enfermedades infecciosas de la piel, entre otras, lo cual generará una sobredemanda de atención, que podría ocasionar el colapso de los servicios de salud.

De igual manera, la variabilidad climática favorecerá la reproducción de insectos vectores y de los roedores, lo que podría sobrevenir en un aumento de los casos de dengue, fiebre chikungunya y malaria.

En el segundo artículo se indica que corresponde al Minsa y al Instituto Nacional de Salud (INS), realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción para Emergencia Sanitaria por el Fenómeno El Niño”.

La disposición añade que la relación de bienes y servicios que se requieran contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, se consigna y detalla en el Anexo II “Llistado de bienes requeridos para atender la Emergencia Sanitaria por el Fenómeno El Niño”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, siendo el Minsa y el INS responsables de su financiamiento.

Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, se deberá informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156.

El presente Decreto Supremo fue refrendado por el presidente de la República, Ollanta Humala Tasso; y el ministro de Salud, Aníbal Velásquez Valdivia.

 

 

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