Viernes, 20 Diciembre 2024 - 11:30pm
Trujillo en Línea.- La Contraloría General de la República admitió a trámite dos denuncias formuladas por la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) respecto a hechos presuntamente irregulares ocurridos durante la controvertida gestión de Arturo Fernández Bazán al frente de la comuna el año 2023.
La primera es por contratar servicios mediante adjudicación simplificada por causal de emergencia, pretendiendo acogerse al D.U. N° 032-2023; y la segunda, por presuntas irregularidades en el procedimiento de contratación directa N° 05-2023-MPT respecto del informe de peritaje técnico suscrito por Edgar Jesús Aguirre Ávalos
El Órgano de Control Institucional (OCI), dependiente de la Contraloría, informó a la comuna que tras revisar la información recibida se advierte que los hechos denunciados cumplen con los requisitos previstos en la Directiva N° 020-2022-CG/GCSD “Servicio de Gestión de Denuncias” y en la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
Por tanto, se admiten las denuncias a fin de continuar con la ‘etapa de evaluación’ y obtener información adicional que permita identificar de manera documentada y sustentada la ocurrencia de los presuntos hechos irregulares.
El año 2023, se otorgaron cuatro adjudicaciones bajo el D.U. N° 032, por un total de S/ 12,577,376.67 para la “Contratación del servicio de mantenimiento de intersecciones principales y secundarias del distrito de Trujillo”. La buena pro la obtuvieron: Consorcio TEINGECON, Consorcio Obras Viales, Ival Contratistas EIRL, Consorcio Trujillo, Consorcio Salaverry e Inversiones Integrales S.A.C., para construir ‘martillos de concreto’ en diversas intersecciones de la ciudad.
El año 2024 la Gerencia de Obras Públicas de la MPT advierte el estado de ejecución de acciones de prevención contratadas bajo el D.U 032, donde se pudo declarar la nulidad de oficio por emplear un método distinto del que corresponde. La Subgerencia de Proyectos indicó que no se ejecutaron soluciones de ingeniería relacionados a elementos que presupongan una solución técnica a desbordes, como indicaba el D.U.
Igualmente, que revisadas la oferta que presentó el postor SK Inversiones Generales S.A.C., no incluyó en su propuesta la vigencia de poder, documento de carácter obligatorio requerido en las bases que rigieron el procedimiento de selección, lo cual debería de conllevar a la no admisión de la oferta.
En la Contratación Directa N° 07-2023-MPT se debió tomar en cuenta el precio de la oferta por S/ 272,658.29; sin embargo, se adjudicó por S/ 321,998.00, monto mayor al ofertado, ocasionando perjuicio económico a la MPT. De igual forma presentaron documentación en función al Sistema de Contratación a Suma Alzada y según las bases se convocó bajo el Sistema de Contratación a Precios Unitarios, lo cual tampoco era subsanable, por lo que no se debió admitir la propuesta.
En la documentación presentada por SK Inversiones Generales S.A.C, se advirtió que tendría las firmas pegadas, vulnerando así la Ley de Contrataciones del Estado, siendo esto causal de nulidad.
El D.U. 032 se dio para facilitar las intervenciones para la ejecución de acciones de prevención ante el peligro inminente de intensas precipitaciones pluviales y otros eventos asociados al Fenómeno de El Niño (FEN), como labores de descolmatación, defensas ribereñas, limpieza de canales y drenajes pluviales.
Al detectarse el mal uso de lo dispuesto, la Dirección General de Abastecimientos del MEF emitió un comunicado precisando que la contratación de bienes, servicios y obras en el marco del citado D.U requería de dos condiciones: que se trate de contrataciones para la ejecución de acciones de prevención; y que se trate de contrataciones en zonas declaradas en estado de emergencia como consecuencia del peligro inminente ante intensas precipitaciones y otros eventos asociados al FEN.
Durante la gestión del año 2023 se habría hecho uso indebido de lo dispuesto en el D.U 032, al haberse contratado servicios mediante Adjudicación Simplificada por un monto total de S/ 12,577,376.67 para ejecutar mantenimientos de pistas y veredas, debiendo contratarse como obras mediante Licitación Pública a fin de no limitar la libre competencia y concurrencia de postores y de no fraccionar las obras. Además de haber causado perjuicio económico a la MPT, al haber aceptado una oferta por un monto mayor al ofertado por el mismo contratista postor, lo que podría enmarcarse dentro de los delitos de corrupción de funcionarios.
EL OTRO CASO
De similar manera, el órgano de control se pronunció respecto a la comunicación de presuntas irregularidades denunciadas por la MPT en el procedimiento de contratación directa N° 05-2023-MPT, respecto del informe de peritaje técnico suscrito por Edgar Jesús Aguirre Ávalos.
El caso está referido al servicio “Programa de mantenimiento vial y peatonal de la ciudad de Trujillo 2023 urbanización El Alambre”, ejecutado a través de la Subgerencia de Mantenimiento de obras públicas de la MPT.
El peritaje técnico del perito judicial determina que la entidad, a través de sus funcionarios, aprobó la valorización N° 01 presentada por la empresa SK Inversiones Generales S.A.C. por un monto superior al avance de obra realmente ejecutado.
La MPT solicitó al respecto la necesidad de determinar la legalidad de los actos o la determinación de responsabilidad, según su competencia, en cautela del uso adecuado de los recursos del Estado.
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