Trujillo en Línea. – En el marco de su función normativa, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transportes de Uso Público (Ositrán) aprobó la Modificación del Reglamento del Aporte por Regulación, el cual incorpora un artículo que permitirá a las empresas prestadoras, sujetas a su supervisión, presentar solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento de sus deudas tributarias.
Esta medida brinda una herramienta útil a las empresas prestadoras que enfrentan dificultades de liquidez para cumplir con obligaciones adquiridas con el Ositrán.
Cabe destacar, que esta modificación del Reglamento no representa una condonación de la deuda, pues se aplicarán los intereses correspondientes según lo establecido en el Código Tributario vigente.
Procedimiento de aplazamiento y fraccionamiento de deudas
El Ositrán estableció un procedimiento claro para el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias, asegurando que se cumplan las condiciones y garantías necesarias.
En ese sentido, se entiende por aplazamiento, la postergación del pago total de la deuda a un periodo futuro, y por fraccionamiento, la división de la deuda en cuotas para facilitar su pago en un plazo determinado.
La deuda tributaria que no puede ser objeto de aplazamiento y/o fraccionamiento es aquella que previamente ha sido sujeta a este proceso, o se encuentra en proceso de reclamación, impugnación administrativa o demanda judicial, a menos que se haya presentado el respectivo desistimiento.
Sobre los plazos del aplazamiento, se concederá un período de hasta tres meses, mientras que, para el fraccionamiento, el plazo máximo es de 36 meses.
La Gerencia de Administración del Ositrán será la encargada de evaluar y calificar las solicitudes presentadas por los solicitantes del beneficio. Un Informe Técnico Conjunto se elaborará, abarcando el cálculo de la deuda tributaria y el cronograma de aplazamiento y/o fraccionamiento. La resolución se emitirá en un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo establecido para que la entidad prestadora presente la documentación requerida.
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