Trujillo en Línea. – El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) advierte que aquellas personas que acosen sexualmente en el transporte público serán sancionadas con penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
En esa línea, el MTC indicó que los actos de acoso sexual se pueden manifestar de diversas formas: expresiones verbales (comentarios e insinuaciones de carácter sexual); manifestaciones gestuales (gestos obscenos que resultan hostiles, humillantes u ofensivos).
Asimismo, manifestaciones físicas (tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación en el transporte, exhibicionismo o mostrar los genitales).
Si eres víctima o testigo de un acto de acoso sexual en el transporte público debes denunciar el hecho.
El MTC resalta que la declaración de los testigos de los hechos es crucial al momento de procesar a una persona denunciada por acoso sexual, debido a que ayudará a confirmar lo señalado por la víctima, sobre todo en circunstancias en que no existan otros medios probatorios (videos o fotografías).
En el caso de que la víctima no pueda realizar la denuncia por cualquier circunstancia, los testigos deben hacerlo para coadyuvar a sancionar a las personas que cometen acoso o generar un precedente que podría identificarse más adelante como reincidencia.
Tras dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación, se debe ubicar a la víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe indicar telefónicamente su ruta a la Policía, fiscalizador o personal de serenazgo, si se encuentra dentro de Lima o Callao para que se acerquen y realicen las acciones correspondientes. En provincias informarán a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.(Fuente Andina)
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