Trujillo en Línea.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la nomenclatura y competencia territorial de los órganos jurisdiccionales, que conformarán el “Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar” de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL), lo que implica la creación de nueve juzgados especializados ocho de ellos con competencia territorial en la provincia de Trujillo y uno en Chepen-Pacasmayo.
Se trata del Sétimo, Octavo, Noveno, Décimo, Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto Juzgado de Familia Permanente – Sub especialidad en Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, siendo el último de ellos el que estará ubicado en el distrito de Guadalupe, y por lo tanto tendrá como competencia territorial las provincias de Pacasmayo y Chepén. Los otros ocho juzgados estarán situados en la sede institucional ubicada en Natasha Alta.
Cabe precisar que, con Resolución Administrativa Nº 044-2018, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la creación del “Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar” de la CSJLL, a mérito de la gestión del señor juez superior Juan Rodolfo Zamora Barboza, presidente de esta Corte Superior de Justicia, ante la Comisión de Justicia de Género y la oficina de Productividad Judicial de este poder del Estado.
Los magistrados y el personal jurisdiccional asignados a dicho módulo trabajarán en turnos las 24 horas del día, para la atención exclusiva y centralizada de los procesos al amparo de la Ley N° 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, la cual está enmarcada en los conceptos y principios de las “100 reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condiciones de vulnerabilidad”.
En el país, esta ley protege los derechos de las mujeres que sufren violencia, y en virtud a ello “los operadores de justicia y la Policía Nacional del Perú, ante un hecho o amenaza de violencia, deben actuar en forma oportuna sin dilación por razones procedimentales, formales o de otra naturaleza disponiendo el ejercicio de las medidas de protección previstas en la ley y otras normas, con la finalidad de atender efectivamente a la víctima”, se lee textualmente en la Ley N° 30364.
Asimismo, es preciso señalar que con la dación de esta ley se ha incrementado sustancialmente el número de denuncias de violencia, las cuales constituyen el 70% de la carga procesal de los juzgados de familia, lo que ha conllevado que se cree la subespecialidad en violencia familiar y por consiguiente los Módulos Judiciales Integrados en Violencia Familiar, que serán implementados en todas las Cortes Superiores de Justicia del país en forma progresiva, por cuestión presupuestal. (NP)
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